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Derecho a la reparación

Por James Waite  Revista Rental Management

 

ENTENDER LOS REQUISITOS DEL DERECHO A LA REPARACIÓN

 

PREGUNTA: RECIENTEMENTE HE OÍDO HABLAR DE UN NUEVO REQUISITO FEDERAL DE DERECHO A LA REPARACIÓN, Y ME GUSTARÍA SABER SI PUEDE PROPORCIONAR ALGUNA INFORMACIÓN SOBRE SU COBERTURA Y SITUACIÓN.

 

Respuesta: El 6 de julio de 2021, el Secretario de Prensa de la Casa Blanca anunció una orden ejecutiva de gran alcance que, entre otras cosas, crearía un derecho nacional de los propietarios de equipos a reparar los equipos que compran, independientemente de las restricciones creadas por los fabricantes de equipos y los proveedores de software. Esto se produce después de la expansión de los esfuerzos a nivel estatal para promulgar leyes de "derecho a la reparación" para todo, desde tractores hasta teléfonos celulares.

 

Resumen. La orden, que también pretende limitar las consolidaciones empresariales, reforzar las normas antimonopolio, restringir el uso de los acuerdos de no competencia por parte de los empresarios y animar a la Comisión Federal de Comercio (FTC) a restringir la recopilación y el uso de información personal y datos relacionados, ordenaría al Departamento de Agricultura de EE.UU. (USDA) que emita normas que den a los propietarios de equipos "el derecho a reparar sus propios equipos como quieran".

 

Los argumentos en contra. Los opositores argumentan que estos esfuerzos pueden tener grandes consecuencias no deseadas, afectando potencialmente a una amplia gama de tecnologías ya incorporadas en las máquinas que se han vendido durante años bajo el marco legislativo anterior, incluyendo los sistemas GPS y telemáticos, los controles de robo y de emisiones, el diagnóstico a distancia y otros, todos los cuales pueden influir significativamente en la reparabilidad, la funcionalidad, la longevidad e incluso la seguridad de estos equipos cargados de tecnología. Además, las obligaciones de garantía tanto de los fabricantes como de los concesionarios -y si las obligaciones de las aseguradoras y/o la asegurabilidad de los equipos modificados y/o reparados, tal vez de forma dudosa, en algunos casos con piezas de recambio de mala calidad o incluso peligrosas- podrían suponer importantes escollos desde el punto de vista mecánico, tecnológico y jurídico. Si a esto se añaden las posibles repercusiones en los derechos de propiedad intelectual, incluidas las patentes, los derechos de autor de los programas informáticos y las capacidades de "funcionamiento como servicio", el resultado podría ser décadas de litigios. Como mínimo, las posibles repercusiones económicas negativas para los fabricantes y concesionarios, que ahora dependen de las piezas y el servicio para gran parte de su rentabilidad, podrían ser devastadoras.

 

Los argumentos a favor. Los defensores, por su parte, consideran que estas normas deberían haberse aplicado hace tiempo, argumentando, entre otras cosas, que deberían tener un derecho prácticamente ilimitado a reparar y/o modificar sus máquinas después de haber gastado cientos de miles de dólares en ellas. Estos argumentos se ven ampliados por la posibilidad de que se produzcan largos retrasos y costes adicionales asociados a la exigencia de que las reparaciones sean realizadas únicamente por distribuidores o técnicos autorizados por el fabricante, utilizando únicamente piezas autorizadas por el fabricante de equipos originales (OEM). Y, quizás lo más importante, a principios de este año, la FTC publicó un informe para el Congreso sobre las repercusiones de las restricciones a las reparaciones, resumiendo sus conclusiones de la siguiente manera: "Hay pocas pruebas que apoyen las justificaciones de los fabricantes para las restricciones de reparación". Aunque sólo sea por eso, un comentario tan escueto parece una clara advertencia o una oportunidad, según el lado del argumento en el que nos encontremos.

 

Como mínimo, las posibles repercusiones económicas negativas para los fabricantes y concesionarios, que ahora dependen de las piezas y el servicio para gran parte de su rentabilidad, podrían ser devastadoras.

 

Las tecnologías. Sin duda, los avances tecnológicos siguen aportando enormes beneficios en términos de eficacia, utilidad, flexibilidad, seguridad, economía y eficiencia. Como señalé en mi artículo sobre este tema publicado en noviembre de 2017, los avances en las tecnologías hidráulicas y de transmisión, y las mejoras como los convertidores de par de bloqueo, los sistemas de inyección de alta presión en el raíl de combustible y las bombas de aceite de desplazamiento variable permiten ahora una mayor flexibilidad -más selección de marchas y velocidades más altas- y eficiencia de combustible. Un convertidor de par con bloqueo, por ejemplo, puede aumentar enormemente el ahorro de combustible. La seguridad también ha mejorado notablemente con la inclusión de tecnologías como los sensores de carga e inclinación, los sistemas de advertencia de proximidad y de prevención de colisiones, y los sistemas de parada automática y de frenado avanzado. Por último, los sistemas de supervisión y control del motor y, más recientemente, las funcionalidades autónomas y por control remoto, han abierto la puerta a potenciales ahorros de costes y tiempo que antes sólo se soñaban, cuando se tenía tiempo para dormir.

 

La evolución del panorama jurídico. La orden ejecutiva recién anunciada por la Administración toma lo que era un esfuerzo a nivel estatal y lo convierte en federal. Así, incluso en los estados en los que el movimiento del derecho a la reparación no había cobrado fuerza anteriormente, es probable que ahora sea obligatorio, al menos en algunos aspectos. La orden tendrá más impacto en los tractores inicialmente porque el USDA está directamente bajo el control del poder ejecutivo, mientras que la FTC es una agencia independiente. No obstante, a la vista de su informe de 2021 al Congreso, la FTC parece estar preparándose para ejercer mucha más presión sobre los fabricantes de equipos en los próximos meses.

 

La orden ejecutiva recién anunciada por la Administración toma lo que era un esfuerzo a nivel estatal y lo convierte en federal.

 

¿Dos pasos atrás y uno adelante? Dependiendo del cliente y/o del uso que se le quiera dar, se puede tener la tentación de considerar que algunas mejoras tecnológicas son innecesarias o demasiado caras, y de hecho, para algunos, pueden serlo, pero el debate es posiblemente más matizado. Por ejemplo, si se tratara de desmontar una máquina para reducir el precio, ¿qué mejoras se eliminarían? Evidentemente, sería ilegal eliminar las tecnologías de nivel 4, y si las mejoras de seguridad fueran el objetivo, en la medida en que algunas pudieran eliminarse legalmente, ¿quién asumiría el coste de las lesiones, los daños y los inevitables litigios resultantes? Irónicamente, puede ser una mejora tecnológica adicional, como las funciones como servicio (FaaS), la que en última instancia proporcione al menos una respuesta parcial al permitir a los fabricantes y distribuidores reducir los precios para el usuario final al poner límites tecnológicos a las capacidades de una máquina determinada. Sin embargo, esto podría requerir más, en lugar de menos, control tecnológico por parte de los fabricantes y distribuidores.

 

 

Dispositivos alternativos de reducción de la presión. Otras respuestas parciales pueden estar en las respuestas pasadas de otras industrias afectadas, como la de ordenadores, teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos. Por ejemplo, en 2019, Apple, habiendo aparentemente reconocido la inminente amenaza legislativa, comenzó un programa por el que dio a los talleres de reparación independientes acceso a piezas genuinas de Apple, diagnósticos, formación, herramientas y más. Esta respuesta, sin embargo, si es viable, probablemente constituiría poco más que una respuesta parcial dentro de la industria de equipos, ya que las inversiones requeridas de los distribuidores en términos de almacenamiento de piezas y materiales, software, equipos de diagnóstico y formación de los empleados superan ampliamente las requeridas de, por ejemplo, un taller de reparación de iPhone. Dicho esto, puede ser inevitable una cierta flexibilización de los controles actuales si el sector quiere sobrevivir en el actual entorno normativo.

 

Para bien o para mal, el movimiento del derecho a la reparación cobró un gran impulso en julio, un hecho que debería suscitar una respuesta rápida, aunque comedida, por parte de los fabricantes de equipos y los concesionarios, todos los cuales se verán significativamente afectados. De aquí a esa fecha, todas las partes interesadas deberán centrarse de nuevo en los requisitos legales y las disposiciones contractuales relativas a la reparación, el mantenimiento, la formación, las licencias de software y propiedad intelectual, las ofertas de FaaS, los requisitos de seguro, en particular cuando se apliquen acuerdos de financiación cautiva, y el uso obligatorio de piezas, suministros, software y consumibles del OEM o autorizados por éste. También está la interacción, a menudo ignorada, entre estas cuestiones y las leyes estatales sobre concesionarios y franquicias. Una cosa está clara, este debate está lejos de terminar y lo seguiremos de cerca en mi oficina.

 

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